Aviso importante para proveedores del Estado: Corte de Constitucionalidad suspende requisito del RGAE

Actualización clave a partir del 11 de julio de 2025

Si eres proveedor del Estado en Guatemala o estás en proceso de registrarte o actualizar tu información en el Registro General de Adquisiciones del Estado (RGAE), esta noticia te interesa.

El 11 de julio de 2025 se publicó una resolución trascendental: la Corte de Constitucionalidad (CC) suspendió de forma provisional el requisito de presentar la información de accionistas y personas con control efectivo que había sido impuesto por el Acuerdo Gubernativo 133-2024, reformado por el 208-2024.

¿Qué significa esta suspensión para los proveedores?

A partir de esta resolución, ya no es obligatorio presentar información sobre quiénes son los accionistas o personas que ejercen control efectivo dentro de una sociedad mercantil que busca contratar con el Estado.

Esto representa un alivio para muchos empresarios y contratistas que no habían podido completar su actualización en el RGAE por falta de dicha documentación.

¿Qué debes saber si eres proveedor del Estado?


1. Si no habías presentado la información de accionistas, ya no necesitas hacerlo para actualizar tu estatus en el RGAE.
2. Si tu estatus cambió a “No Actualizado” desde el 1 de julio de 2025 por no cumplir con este requisito, puedes realizar una nueva actualización sin necesidad de presentar esa información.
3. Las solicitudes en trámite también quedan exentas de presentar el requisito suspendido.

Esta medida busca garantizar la certeza jurídica y facilitar los procedimientos registrales sin afectar la transparencia que promueve el Ministerio de Finanzas Públicas.

¿Por qué era obligatorio este requisito?

La normativa suspendida formaba parte de una estrategia para fortalecer la transparencia en la contratación pública, identificar beneficiarios finales de contratos con el Estado y prevenir conflictos de interés, corrupción o lavado de dinero.

Sin embargo, con esta suspensión provisional, los proveedores pueden continuar operando sin presentar dicha documentación, mientras se resuelve de forma definitiva la constitucionalidad de la norma.

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